Alivio Humanitario

Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia

Conocida como la ley DACA por sus siglas en Ingles, no es una petición para una estatus migratoria, sin embargo es un acto administrativo del Departamento de Seguridad Interna lo cual el gobierno, a su discreción, difiere procesos de deportación por un cierto tiempo determinado. Extranjeros que se les aprueba una acción DACA son elegibles a obtener autorización para trabajar y permisos especiales para salir y entrar al país. Los requisitos para acogerse a la ley DACA son las siguientes:

  • Haber ingresado a los Estados Unidos antes de haber cumplido dieciséis años de edad;
  • Haber mantenido presencia física y continua en los Estados Unidos desde el 15 de Junio del 2007 hasta la fecha presente;
  • Tener menos de 31 años cumplidos el día 15 de Junio del 2012;
  • Estar actualmente en la escuela, o haberse graduado de secundaria o haber obtenido un grado GED equivalente a un grado de secundaria, o haber sido retirado honorablemente de las Fuerzas Armadas o Guardia Costera de los Estados Unidos
  • No haber sido convicto de una felonía, o no haber tenido más de dos cargos menores significantes y de no ser considerado una amenaza a la seguridad nacional y/o seguridad pública.

Inmigrante Juvenil Especial

 

Tal cual como el titulo lo dice, este estatus está disponible a ciertos jóvenes. El solicitante debe establecer un procedimiento en una Corte Estatal en relación al cuidado y la protección del menor de edad.   Usualmente en el estado de Massachusetts, cualquier persona mayor de edad (no necesariamente el adulto tiene que ser familiar del menor) establece el derecho de tener tutela o custodiad de un joven. Al entablar un proceso de custodia infantil. Un juez de Corte de Familia determina tutela o custodiad y a su vez determina 3 conclusiones especiales:

 

  • El solicitante es dependiente de la corte estatal para su cuidado y protección o ha sido puesto bajo la custodia de una persona o entidad designada por un Estado o de un tribunal de menores;
  • Reunificación con uno o con ambos padres del menor no es posible porque el solicitante ha sido abusado, abandonado, o descuidado por parte de uno o ambos padres y;
  • No es en el mejor interés del menor que sea regresado a su país de origen.

Después de que un juez dictamina el veredicto en una corte familiar, El solicitante, con dicho veredicto puede entonces auto-solicitar ante USCIS una petición como Inmigrante Juvenil Especial. Una vez que esta auto-petición sea aprobada, y,  a la misma vez, haya un numero de visa de inmigrante esté disponible, el menor  puede solicitar un ajuste de estatus y solicitar la residencia permanente. Las  leyes de inmigración permiten a USCIS perdona muchos violaciones ley de inmigración de estas auto-peticionarios para que puedan recibir la residencia permanente.

Estatus de Protección Temporal

En regiones del mundo donde existen conflictos armados, o desastres causados por la naturaleza, el Departamento de Seguridad Nacional toma una decisión de alivio temporal a ciudadanos de dichos países en riesgo que se encuentran en los Estados Unidos. Un estatus de protección temporal (mejor conocido por sus siglas en Ingles como el “TPS”) brinda un amparo a corto plazo y suspende deportaciones a estos países de riesgo. Para una persona ser elegible para TPS, debe demonstrar lo siguiente:

 

  • Que la persona sea ciudadano del país designado a TPS
  • Haber presentado una solicitud durante el periodo establecido por el gobierno para registrarse, o que  haya cumplido con los requisitos necesarios si la persona presenta una          solicitud tardía.
  • Haber estado continuamente presente en los Estados Unidos desde la fecha que el país fue designado con TPS
  • han residido continuamente en los EE.UU. desde la fecha especificada para su país
  • No haber sido encontrado culpable por un (1) delito grave o dos (2) delitos menores o más en los Estados Unidos.
  • No estar sujeto a la ley que prohíba a la persona a acogerse a un asilo.

 

Los individuos con TPS son elegibles para permisos de trabajo y viaje. Estatus de Protección Temporal no es una vía directa hacia la residencia permanente o la ciudadanía. Sin embargo, en ciertas circunstancias TPS puede ser un escalón para el ajuste de estatus.

 

U Visa Petition:

U Visa Petitions: The U Visa, or U Nonimmigrant Status is a nonimmigrant status for victims of crimes. Applicants have to demonstrate the following:

 

  • They were the victim of a certain type of crime (there are 28 types of crimes designated by the government)
  • They have information concerning that crime
  • They cooperated in the investigation or prosecution of that crime
  • That crime violated the laws of the US
  • They suffered substantial physical or mental abuse as a result of having been a victim of that crime
  • They are admissible to the US (there is a waiver (pardon) available which can waive most violations of immigration law).

 

After 3 years of U nonimmigrant status, a U visa holder is eligible to apply for his or her green card. Attorney Rachel Benedict has extensive experience in preparing U Visa Applications, and can help you through all steps of the case, from preparing a legal argument which demonstrates that the crime is qualifying to carefully reviewing the evidence of physical or mental abuse.

 

 

 

Peticiones para Visas clasificación U

 

Peticiones para visas U es un tipo de visa especial para personas que han sido víctimas de un crimen cometido en los Estados Unidos. Para una persona ser elegible para este tipo de visas el solicitante debe de demostrar lo siguiente:

 

  • Haber sido víctima de un especifico (hay 28 tipos de delitos designados del gobierno)
  • Tener información contundente sobre el delito cometido.
  • Haber proporcionado dicha información contundente a las autoridades y estar disponible a cooperar con las autoridades)
  • El crimen cometido haya violado las leyes de los Estados Unidos
  • El solicitante haya sufrido abuso (daño) físico o mental substancial como resultado de haber sido víctima del delito cometido
  • Ser admisible en los Estados Unidos – Existen varias exoneraciones (perdones) dentro de la ley de inmigración disponibles para la gran mayoría de violaciones a las leyes de inmigración.

 

Una vez aprobada la visa No-Inmigrante U, la persona debe de esperar un periodo de tres (3) años  para poder ajustar su estatus y poder así obtener su Residencia Legal Permanente o Green Card. La abogada Rachel Benedict tiene amplia experiencia en este tipo de visas  y puede ayudarle paso a paso en este tipo de casos, como por ejemplo como presentar argumentos legales que demuestren que el crimen es parte de crimines cubierto por este programa, y revisar cuidadosamente evidencia necesaria que la victima (el solicitante) ha sufrido abuso físico o mental  a raíz del crimen cometido.

Auto-Peticiones VAWA

Auto-peticiones en base a la ley de Violencia en Contra a la Mujer (mejor conocido en Ingles como Violence Against Women Act o por su siglas VAWA) proporciona un mecanismo para inmigrantes víctimas de violencia doméstica inflictas por el cónyuge Ciudadano Estadounidense o Residente  Permanente. A pesar de que la ley se refiere específicamente al abuso de la mujer, cualquier persona sin importar el genero pueden ser elegible para esta auto-petición. El solicitante debe demostrar lo siguiente:

 

  • Estar, o haber estado casado con un Ciudadano Estadounidense o Residente Permanente.
  • Haber contraído matrimonio en “buena fe “, es decir , con la intención de construir una vida con su esposo/esposa.
  • Haber convivido con el cónyuge
  • Haber sido víctima de abuso/maltrato físico
  • Demonstrar ser una persona de buen carácter moral.

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